jueves, 26 de febrero de 2009

El Gobierno pretende multar con sanciones de hasta 10.000 euros a quien de cobijo a un inmigrante en situación irregular


El Gobierno ha puesto precio a la solidaridad. Cualquier ciudadano que proteja a un sin papeles podrá ser sancionado con multas de entre 501 y 10.000 euros, lo que se producirá "cuando el extranjero dependa económicamente" del infractor. Así lo recoge el anteproyecto de reforma de la Ley de Extranjería, ya aprobado por el Consejo de Ministros, que establece un nuevo tipo de infracción para perseguir a quienes ayuden a inmigrantes en situación irregular.

El Gobierno considera que acoger a un extranjero sin papeles y sin medios económicos constituye una sanción grave porque promueve "la permanencia irregular en España de un extranjero".
En principio, el anteproyecto aspira a proteger a los sin papeles de los abusos de las mafias, que son quienes les suelen mantener tras traerlos a España. Pero al no explicitar la norma que deba existir ánimo de lucro por parte del infractor, permite que se persiga la solidaridad desinteresada.


Prohibición de hospedar


Esta política sancionadora pondrá, por ejemplo según el artículo 53.2 c) de la reforma, de forma automática en situación de ilegalidad a todos aquellos que hospeden en sus casas y apoyen a personas extranjeras en situación irregular, ya se trate de ONG o particulares.

El Gobierno equipara el simple hecho de dar cobijo a un extranjero en situación irregular con otras situaciones más comprometidas. Por ejemplo, proporcionar un techo tendrá la misma sanción que contratar a un extranjero sin permiso, emplear a un trabajador legal sin darle de alta en la Seguridad Social o empadronar a un sin papeles en un domicilio en el que no resida realmente.

La reforma, que actualiza la Ley de Extranjería aprobada por el Gobierno de José María Aznar en 2000, propone además un aumento general de las sanciones económicas en todos los supuestos ya fijados. Así, las infracciones leves pasan de un máximo de 300 euros a 500; las graves, de un límite de 6.000 a 10.000; al tiempo que las muy graves podrán llegar hasta los 100.000, cuando ahora nunca sobrepasan los 60.000.

Entre ellos, la limitación del derecho de reagrupación a los ascendientes mayores de 65 años (y siempre que el inmigrante que los reclame lleve más de cinco años en España), así como que se amplíe de 40 a 60 días el tiempo máximo de estancia en los centros de internamiento.
El anteproyecto de reforma de la Ley de Extranjería tiene que pasar todavía por Consejo de Estado para su estudio, antes de que llegue al Parlamento y se someta a votación.
NINGUNA PERSONA ES ILEGAL, DE DENTRO O DE FUERA LA MISMA CLASE OBRERA